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miércoles, 31 de agosto de 2011

para saber si existes


La obligación de proporcionar nombre y apellido en el próximo censo despertó polémica y resquemores en parte de la población, ante el temor de que la información sea usada con otros fines. El Instituto Nacional de Estadística explicó por qué se solicita ahora este dato, garantizó la privacidad y aclaró que "no hay inconveniente en brindar un nombre de fantasía".El Instituto Nacional de Estadística presentó la semana pasada los detalles del Censo 2011 que se realizará durante todo el mes de setiembre.

A partir de mañana, los 7500 censistas capacitados por el INE visitarán todos los hogares. Para eso, se dividió el territorio en 113 regiones y se instalarán 303 bases operativas, donde los encargados del Censo se coordinarán.

Al conocerse el formulario del censo, en muchos ciudadanos surgió la duda ante la obligación de dar nombre y apellido, ante el temor de que se utilice como herramienta para obtener datos privados con otros fines (por ejemplo, impositivos).

Ante las consultas y quejas, el Instituto Nacional de Estadística emitió un comunicado aclaratorio.

"Ante diversas consultas sobre la necesidad de brindar el nombre y apellido de los censados a partir del 1° de setiembre, el Instituto Nacional de Estadística quiere poner en conocimiento de la población los argumentos por los cuales es se considera necesario contar con dicha información", informa.

"Las razones por las que se solicita el nombre de cada uno de los residentes o integrantes del hogar son:
1. Garantizar que no se omite a ninguno de los integrantes.
2. Facilitar la respuesta correspondiente a vínculos de parentesco.
3. Facilitar en suma el transcurso de la entrevista pues no es lo mismo preguntar sobre el trabajo o la educación o lo relativo a fecundidad de Noelia, que si lo referimos a la persona 3. Es muy difícil para el censista como para el entrevistado saber quien es la persona 3.
4. En caso de que esa vivienda sea reentrevistada por el personal de la Encuesta Nacional de Evaluación Censal (ENEC), dependiente del área de Gestión de Calidad del INE, la única forma para pegar con seguridad la información de esta encuesta con las respuestas brindadas al censo, es poder identificar a la misma persona en una y otra entrevista".

Según el INE, "corresponde señalar que todos los censos realizados en el país (1963, 1975, 1985 y 1996), así como el recuento de población que tuviera lugar en 2004, han preguntado nombre y apellido completo, para cada una de las personas censadas".

Privacidad

El Instituto aclaró que al momento de procesar la información "el campo del nombre se elimina y no pasa a formar partes de los campos que se preservan en la base de datos para la generación de tabulados e indicadores".

La Ley 16.616 consagra el secreto estadístico, el que impide divulgar información individual o individualizable. Esto significa que el INE o cualquier otro organismo integrante del Sistema Estadístico Nacional, sólo puede divulgar información agregada y desidentificada

"De más está decir que existe un reconocimiento nacional e internacional del cumplimiento estricto de esta norma por parte del INE de Uruguay", aclaró el instituto.

"Por último señalamos que si el entrevistado a pesar de los argumento señalados, no se sintiera tranquilo y confiado en proporcionar su nombre, no hay inconveniente en brindar un nombre de fantasía, siempre que la persona recuerde el mismo a lo largo de toda la entrevista y para el caso que sea sorteado por la encuesta de evaluación censal para futuras supervisiones sobre el trabajo censal realizado", concluye el comunicado.

En los adjuntos, detalles de lo que se preguntará en el censo.
Montevideo Portal

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