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viernes, 18 de febrero de 2011

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Una mujer continuó siendo funcionaria de la Intendencia tras abandonar su trabajo hace tres años. Otro municipal mantuvo durante tres décadas dos empleos públicos. Y un tercero está acusado, desde hace casi tres años, por abuso sexual.

"Desde el momento en que asumí, el tema sumarios ha sido preocupación de la división que ocupo. Es legítimo reconocer que existe un gran atraso en esa área. Y yo estoy tratando de encaminar la situación", declaró en septiembre de 2010 el director de Jurídica de la Intendencia de Montevideo, Ernesto Beltrame, ante la Junta Departamental.

El jerarca trasuntó su preocupación en dos acciones casi inmediatas: asumió la lectura de una veintena de expedientes sobre faltas "graves" y "gravísimas" y sumarió al mismísimo director de la Unidad Sumarios por los atrasos en los procesos.

La administración se mueve en ocasiones con una lentitud pasmosa, eso no es novedad. Pero también preocupa lo que opina Beltrame: "La justicia, si llega tarde, no es justicia".


Actualmente, la Junta estudia otorgar la venia a varios pedidos de destitución enviados por la administración. En muchos parecería no haber dudas, pero en otros, que se manejan de forma reservada, no habría consenso entre los ediles, como el que refiere a la acusación que pesa sobre un funcionario por abuso sexual contra un supuesto discapacitado intelectual (ver nota aparte).

Según el edil nacionalista Fabián Martínez "preocupa que un jerarca que debe sancionar a un trabajador se excuse diciendo que no aplicó la normativa porque no la conocía". Según el estatuto del funcionario, los jerarcas inmediatos, eventualmente, pueden aplicar sanciones para corregir situaciones anómalas, lo cual muchas veces no ocurre por desconocimiento. Eso deriva en otros canales burocráticos que pueden culminar con procesos de hasta tres años para tomar una resolución sobre un funcionario.

En el caso de la mujer que mantuvo su cargo público durante tres años sin haber ido a trabajar, se señaló que, sin embargo, no cobró su salario.

VENIAS. Como diera cuenta El País en diciembre pasado, un funcionario de la Intendencia trabajó durante 30 años, al mismo tiempo, en el municipio y el Clínicas. Ingresó al hospital universitario en 1976 y a la Intendencia en 1979. Durante todo ese tiempo mantuvo los dos cargos públicos, lo cual está expresamente prohibido por ley, hasta que hace dos meses la intendenta Ana Olivera firmó una resolución solicitando a la Junta la anuencia para despedirlo. En este caso, los ediles no dudarían en dar la venia para la destitución. El 24 de agosto de 2009, durante la administración del ex intendente Ricardo Ehrlich, se le inició un sumario administrativo a este funcionario. En la resolución se lo señala como "autor responsable de una falta gravísima, (…) al ocupar treinta años dos cargos públicos cuya acumulación está prohibida".

En Uruguay, salvo contadas excepciones -como la docencia- está prohibido tener más de un cargo público. La ley 12.079, en su artículo 12, establece que "ninguna persona podrá ocupar a la vez dos empleos públicos rentados, ni percibir más de una remuneración, con cargo a fondos públicos, ya dependan de la Administración Central, Municipal, Entes Autónomos o Servicios Descentralizados u otros servicios de naturaleza estatal creados por ley, quedando en consecuencia prohibida la acumulación de sueldos en una misma persona". El doble funcionario que fue sumariado trabajaba en el Servicio de Obras de la Intendencia, una repartición dependiente del Departamento de Acondicionamiento Urbano.

Sus tareas como empleado municipal, en los últimos tiempos, eran las de cantonero: la persona que reparte las herramientas a los funcionarios que acondicionan las plazas y otros espacios públicos.

LAS FALTAS PREVISTAS EN EL ESTATUTO
El estatuto del funcionario municipal de Montevideo considera falta "leve" la sancionada con hasta 14 días de suspensión; "grave" la sancionada con hasta tres meses de suspensión y "gravísima" la que se sanciona con una suspensión mayor a tres meses o con la destitución.

El estatuto agrega que "todo jerarca tendrá la obligación de respetar la dignidad e integridad moral de los funcionarios bajo su dependencia y la responsabilidad de mantener en el lugar de trabajo condiciones de respeto para quienes cumplen funciones en el mismo.

Las sanciones de mayor gravedad solo podrán ser aplicadas por la intendenta municipal, previas las garantías del sumario, y sin perjuicio de la venia de la Junta para el caso de destitución.

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